martes, 8 de septiembre de 2009

La crisis que se avecina


EL CRASH DE 2010, Toda la verdad sobre la crisis
Por Santiago Niño Becerra
Los libros del lince. Barcelona 2009

Los economistas suelen ser una casta extraña de historiadores frustrados, especializados en explicar las cosas que ocurrieron en el pasado y pudieron hacerse de otra manera. Muy pocos entre ellos, son capaces de hacer prospectiva e intentar anticipar una explicación sobre cuales serán los fenómenos que nos depara el futuro. Algo que en las actuales circunstancias necesitamos con urgencia.

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lunes, 7 de septiembre de 2009

El paro puede alcanzar el 20%

Madrid, 7 sep (EFE).- El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, afirmó hoy que si la población activa aumenta al mismo ritmo que en los últimos años la tasa de paro podría llegar al 20 por ciento.

En una entrevista concedida a Onda Cero, Corbacho dijo que si el crecimiento de la población activa es vegetativo no se llegará a esa tasa, al tiempo que recordó que en España la población activa creció en 660.000 personas en 2008, cuando en Alemania, Francia e Italia, conjuntamente, lo hizo en 630.000.

En cuanto a la caída de afiliaciones a la Seguridad Social, que perdió 142.244 personas en agosto, el ministro reconoció que es un dato negativo y que, con la crisis económica "llueve sobre mojado", pero que en comparación con el mismo mes de la serie histórica no lo es.

En este sentido, subrayó que, en los últimos ocho años, la Seguridad Social perdía de media 150.000 afiliados en agosto.

En referencia al Plan E dijo que hay que entenderlo como una medida de "choque" para paliar a corto plazo la pérdida de empleos en el sector de la construcción.

Corbacho citó el próximo plan del Gobierno, de 5.000 millones de euros, que gestionarán los ayuntamientos, para invertir en proyectos "que tengan una proyección económica más sostenible", como polideportivos, guarderías, centros de asistencia sanitaria o escuelas de formación.

Con respecto a una subida de impuestos para financiar la ayuda de los 420 euros para los parados que hayan perdido la prestación, afirmó que ese gasto hay que hacerlo pensando antes "en los márgenes del presupuesto" que en los impuestos.

lunes, 18 de mayo de 2009

Diez malos hábitos en el trabajo

Las malas costumbres en el trabajo pueden ponerte en más de un aprieto.

Muchas veces, el que está mejor considerado en una empresa no es el que trabaja mejor, sino el que da menos problemas. Nos explicamos. Es evidente que el empleado tiene que hacer bien su trabajo, pero dentro de estos parámetros, siempre gana puntos que el trabajador que no da problemas y que se dedica a aportar soluciones a la compañía.

Especialmente en estos momentos de dificultad, es importante hacer las cosas bien en el trabajo, no ser visto como el problemático y saber leer cuáles son los deseos de la empresa en cada momento. Y en todo esto tienen una influencia directa los hábitos en la forma de trabajar. A continuación, desgranamos algunas de las actitudes que pueden ponerte en el punto de mira de las empresas. Son 10 errores graves que mancharán tu expediente y que debes evitar cometer:

Dilación con el trabajo: No dejes para mañana lo que puedas hacer hoy. Esta frase resume una actitud positiva frente a cualquier trabajo. Resalta un alto grado de profesionalidad en el trabajador y esto es muy positivo. En cambio, si vamos dejando el tiempo pasar, las tareas se nos acumulan encima de la mesa y tenemos que terminarlo todo, deprisa y corriendo, siendo en ocasiones el resultado no el esperado.

Poca rigurosidad con el e-mail: Si miramos la cuenta de correo electrónico, miramos la cuenta de correo electrónico. No podemos pasar el día navegando por Internet porque se nos va a acumular el trabajo, como decíamos en el punto anterior. Sólo cada cierto rato, y durante un breve espacio de tiempo, podemos desconectar.

No confundas lo informal con lo irrespetuoso: En una empresa como en cualquier otro sitio, debemos saber dónde está la línea que marca la diferencia entra la informalidad y el ser irrespetuoso, y asegurarnos de no cruzarla nunca. Faltar al respeto es una falta grave.

No te aproveches de la libertad de acción: Te dan la mano, y tu les coges el brazo. Actuar así puede costarte muy caro, porque mientras ellos demuestran que confían en ti, tu les das todas las muestras de que no pueden hacerlo.

Falta de adaptación: Demuestra siempre que estás a gusto con tu equipo y que te sientes parte de él. Hacer la guerra en solitario no es una buena idea en ninguna compañía.

Llegar siempre tarde: Hoy en día, no pasa nada si llegas cinco minutos tarde, o incluso diez. Las empresas saben que luego estiras tu jornada y acabas trabajando incluso más. Pero no lo conviertas en un hábito, porque primero son cinco minutos, luego diez y luego veinte, treinta, etc. Esto puede poner en duda tu profesionalidad.

Rigidez: Debes demostrar que eres una persona abierta, tanto social como mentalmente. La rigidez o los pensamientos únicos no funcionan en las empresas de hoy, en las que prevalece el trabajo en equipo.

Llevar siempre la contraria: Tu opinión importa y las críticas constructivas siempre son bienvenidas. Pero resulta lógico que si estás en desacuerdo con todas las decisiones que se toman, ocurre algo más. Quizá esta no es tu empresa.

Hablar mal de la compañía: Mucho cuidado con lo que dices y a quién se lo dices. Puedes discutir algunas acciones de la empresa porque no te parecen las más adecuadas, pero si no te gusta tu lugar de trabajo, no pierdas el tiempo criticando.

Hablar mal de un compañero: Tampoco está bien criticar a otro compañero constantemente. Si no nos gusta su trabajo, deberíamos hablarlo con él directamente, sin tapujos.

Cualquiera de estas acciones puede llevar a las empresas a marcarnos como trabajadores poco corporativos, por mucho que nuestro trabajo sea excelente. Y sino, fijémonos en el mundo del fútbol: hay tremendos jugadores que mueren por la boca. Da igual los goles que marquen. En la empresa, sucede lo mismo. Nadie es imprescindible.

Cita de Albert Einstein sobre la Crisis

Hace unos días participé en unas Jornadas para emprendedores organizadas por la Cámara de Comercio de Zaragoza, y tomé nota de la cita que uno de los ponentes utilizó para mostar una nueva perspectiva en relación a la actual crisis.

“No pretendamos que las cosas cambien si siempre hacemos lo mismo. La crisis es la mejor bendición que puede sucederle a personas y países, porque la crisis trae progresos.

La creatividad nace de la angustia como el día nace de la noche. Es en la crisis donde nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar “superado”. Quien atribuye a la crisis sus fracasos y sus penurias, violenta su propio talento y respeta más a los problemas que a las soluciones.

La verdadera crisis es la crisis de la incompetencia.

El problema de las personas y los países es la pereza para encontrar las salidas y soluciones. Sin crisis no hay desafíos, sin desafíos la vida es una rutina, una lenta agonía. Sin crisis no hay méritos. Es en la crisis donde aflora lo mejor de cada uno, porque en crisis todo viento es caricia.

Hablar de Crisis es promoverla, y callar en la crisis es exaltar el conformismo.

En vez de esto, trabajemos duro. Acabemos de una vez con la única crisis amenazadora: que es la tragedia de no querer luchar por superarla.”

Albert Einstein

miércoles, 28 de enero de 2009

Presentación

Este blog se ha creado para facilitar información sobre empleo y un acceso rápido a los principales documentos y direcciones de referencia sobre el tema, respondiendo a solicitudes de los interesados.

Algunos contenidos se han descargado de otras páginas web.
Si tienes dudas o deseas ampliar información, comunicarnos tus propuestas o noticias de interés puedes escribirnos a zaragozaempleo@yahoo.es

Gracias por tu interés y espero que pronto consigas el empleo que deseas.

Federico Sancho Puertas
Intervención social y medio ambiente

Noticias

Empleos de difícil cobertura

Sale el catálogo de ocupaciones que las empresas no logran cubrir este segundo trimestre del año.
Puntual a la cita, como siempre, llega el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura o CODC del segundo trimestre de 2009. Este catálogo que elabora el Servicio Público de Empleo Estatal es una referencia para todos los que ahora están buscando un empleo y no saben qué hacer. La lista nos da los nombres de todos aquellos trabajos que ahora mismo necesitan la llegada de más profesionales, con lo que se convierten en las grandes oportunidades para los trabajadores en paro.
¿Qué falta hoy en España?
Faltan médicos, por encima de cualquier cosa. Ya lo hemos comentado en anteriores ocasiones: España, peses a ser uno de los países del mundo con un mayor número de médicos respecto al número de pacientes, necesita la llegada de más profesionales de la sanidad. Además, los necesita en todas las áreas, tanto en medicina general, como en enfermería, odontología, etc. Por ejemplo, los auxiliares de odontología están muy buscados en regiones como el País Vasco, Asturias o Castilla y León.
Las empresas también necesitan operarios de maquinaria, mecánicos, entrenadores deportivos o incluso algunos casos más anecdóticos como pastores, esquiladores de ovejas, bailarines en salas de fiestas o peluqueros caninos. Como se puede apreciar, son empleos de todos los tipos. La lista es muy larga y la mayoría tienen un hueco en todas las comunidades autónomas españolas.
Por ejemplo, la de entrenador personal es una de estas profesiones que tienen salida en todo el país. Cada vez hay más personas que se entregan a un estilo de vida saludable en el que el deporte y una alimentación sana son las bases del equilibrio. Están abriendo las puertas nuevos centros deportivos y necesitan incorporar profesionales titulados y especialistas en el sector.
El sector industrial empieza a recuperarse en algunas facetas y por ello también se buscan operarios de control de todo tipo de maquinaria, como los fresadores, o los técnicos de mantenimiento de estas máquinas. Por su parte, el mecánico de automóviles ha cobrado un importancia especial con la crisis y la reducción del poder adquisitivo o de compra de las personas. Las ventas de coches han caído y el número de reparaciones en los talleres ha aumentado, así que se necesitan más trabajadores.
Si estás buscando un empleo, mejor empieza a pensar en aquellas profesiones en las que necesitan gente. Mira bien cuál es la oferta, escoge lo que más te guste, adquiere los conocimientos necesarios y a por ello. Es la manera más sencilla de llegar a un empleo en los tiempos que corren.

Superó 18 asignaturas en un solo curso: 'Quería recuperar el tiempo perdido'

Una alumna brillante, que abandonó las aulas con 14 años acosada por sus compañeros, gana a los 24 el Premio al Expediente Académico. Se matricula un curso y acaba la licenciatura al siguiente. LEER MÁS

Se busca croupier en Madrid, doncella en el País Vasco y pastor en Castilla

Se busca croupier en Madrid, doncella en el País Vasco y pastor en Castilla
Madrid, 14 feb (EFE).- El paro sube en época de crisis económica, pero hay profesiones de difícil cobertura para las que el INEM no encuentra aspirantes. Madrid, 14 feb (EFE).- El paro sube en época de crisis económica, pero hay profesiones de difícil cobertura para las que el INEM no encuentra aspirantes. En las dos Castillas se buscan pastores, en las islas médicos, en Madrid hasta un croupier, en Cataluña enterradores y en el País Vasco una doncella.
Son algunos de los empleos que el INEM incluye en su Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura y que este organismo revisa cada trimestre.
Los empresarios se encuentran con más problemas a la hora de cubrir empleos técnicos, como los de operadores de máquinas rectificadoras, de fresadoras, de equipos compresores de gas o de plantas de tratamiento y depuración de agua.
Hay ovejas en las dos Castillas, pero no pastores, tal y como se deduce de la relación de puestos de trabajo para este tradicional empleo que no resulta fácil de cubrir en provincias como Albacete, Cuenca, Salamanca, Segovia o Zamora.
También en Madrid la existencia de ganado ovino hace necesario recurrir a trabajos casi en riesgo de extinción, como el de esquilador, que tampoco tiene muchos pretendientes.
Y en una comunidad donde predomina lo urbano, la oferta alcanza a oficios que requieren una destreza especial, como el de croupier.
Parece mentira, pero hay empresarios en Madrid que no encuentran profesores de idiomas, peluqueros de caballeros o, en pleno invierno, mecánicos reparadores de calefacciones.
Guarda de cotos de caza y/o pesca piden en Asturias, donde también solicitan peluqueros, aunque esta vez de perros, agentes tributarios, planchistas de cafetería, pizzeros, estilistas, reparadores de bicicletas u oxicortadores a mano, entre otros.
Baleares, Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla andan escasas de médicos, una profesión de difícil cobertura en estos territorios que copa el listado del Catálogo.
Oncólogo, hematólogo, pediatra o anestesista son algunas de las especialidades ofertadas, especialmente en Canarias y, en concreto, en Lanzarote.
Murcia está en la Península y, por tanto, el motivo para que no se cubran profesiones sanitarias no es la lejanía como en los casos anteriores. Sin embargo, dos tercios de su listado de empleos complicados de cubrir corresponden a médicos.
Nadie se postula para doncella o ayuda de cámara en el País Vasco, ni tampoco para bañero (empleado de balnearios, saunas o baños turcos) ni para reparador de motores de avión y helicópteros.
A pesar de que Cataluña es la cuna del cava, en la relación de puestos de difícil cobertura figuran numerosos requerimientos para operadores de máquinas con las que elaborar este espumoso.
Cataluña busca igualmente, y en todas sus provincias, empleados de servicios funerarios, pero también de centros de recreo.
Valencia no encuentra guarda de riego, monitor de servicios a la comunidad ni óptico, y en Lugo nadie se ofrece para empalmar cables eléctricos aéreos y subterráneos o para tractorista.
Unos oficios muy comunes, como es el de conductor de autobús urbano o técnico en electricidad, no encuentran novios en Navarra, como tampoco los de zapatero o veterinario en Melilla.
Otras ocupaciones incluidas en este catálogo, ofrecidas en este caso por el Gobierno, son las de deportista profesional y las de entrenador deportivo.
Igualmente, en el sector de Marina Mercante necesitan prácticamente a toda la tripulación de un barco, desde el maquinista naval y el contramaestre hasta el piloto de buque, pasando por un auxiliar de pasaje, un cocinero, un marinero de cubierta o un mayordomo.
Eva Ortega

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de 2008 un acuerdo que regula el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para 2009, que será de 901 puestos de trabajo, lo que supone un descenso de más de un 94%.

Esta cifra, que podrá ser modificada durante el año teniendo en cuenta las necesidades del mercado laboral, es algo más de un 5% del total de 15.731 puestos de trabajo que conformaron el contingente de 2008. El importante descenso refleja la menor demanda de empleo consecuencia de la crisis económica, que ha hecho que "la prioridad del Gobierno en materia de empleo se centra ahora en la recolocación interna", ha precisado la referencia del Consejo de Ministros.
El contingente de trabajadores para 2009 se ha calculado teniendo en cuenta las solicitudes de las comunidades autónomas y las aportaciones de las organizaciones sindicales y empresariales que forman parte de la Comisión Tripartita de Inmigración.
El Gobierno ha subrayado que el mayor volumen de contrataciones de extranjeros en sus países de origen se realiza mediante otras vías como el Régimen General o la contratación de temporada y que el contingente permite la contratación programada de trabajadores, que no se hallen ni residan en España.
Selección en el país de origen
Los trabajadores que se incluyan en el contingente serán seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas genéricas presentadas por los empresarios, que deberán tener una duración no inferior a un año.
El texto contempla también las normas de procedimiento de la ofertas de empleo de carácter temporal, que podrán ser de temporada o campaña (con una duración máxima de nueve meses dentro de un período de 12) o bien de obra o servicio, cuando su duración prevista no exceda de un año.
Tanto las ofertas de empleo de carácter estable, como las temporales, podrán ser formuladas de forma genérica o nominativa, de acuerdo con los requisitos establecidos para cada una de estas modalidades.


El Gobierno no ampliará la moratoria para la libre circulación de rumanos y búlgaros

Fin de la moratoria para rumanos y búlgaros
El Gobierno también ha decidido no ampliar la moratoria para la libre circulación de trabajadores rumanos y búlgaros por considerar que la situación económica tanto de España como de Rumanía y Bulgaria puede hacer cambiar la dirección de los flujos migratorios.
El Gobierno ha considerado que la no renovación de la moratoria a partir del próximo 31 de diciembre no tendrá un efecto negativo sobre la situación laboral en España, ha afirmado el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho. No obstante, ha subrayado la decisión de la Administración de realizar "una revisión de balance" de la situación dentro de seis meses por si hubiera algún efecto negativo.
La migración podría cambiar de dirección
Según el ministro, la crisis económica que está atravesando España, unido al crecimiento económico de Rumanía y Bulgaria y los esfuerzos que están realizando estos gobiernos por atraer de nuevo a los trabajadores que salieron del país hace previsible que "la migración cambie de dirección" a medio plazo.
Bulgaria y Rumanía se incorporaron a la Unión Europea el 1 de enero de 2007, momento en que España y otros países impusieron una moratoria de dos años a la libre circulación de sus trabajadores. Según las organizaciones de rumanos y búlgaros, en España viven unas 300.000 personas de estos países que carecen de permiso de trabajo.
Tras conocer la noticia, el presidente de la Federación de Asociaciones de Rumanos, Miguel Fonda, ha felicitado al Gobierno por su decisión y dijo que demuestra "generosidad y una cierta valentía y coraje". Dada la actual situación económica, ha añadido que la medida "no va a tener la virtualidad de un efecto llamada".



Dudas, sugerencias... Cómo salir del montón


¿Qué hacemos mal al buscar trabajo?
Algunos de los errores que se deben evitar si estás buscando empleo
Aunque no lo parezca, aún hoy en día existen personas que no se han enterado –o no se quieren enterar- de que buscar trabajo es toda una profesión: hay más competencia, menos puestos ofertados; y destacar tu candidatura en este panorama cada vez es más difícil.
Si bien de los errores también se aprende, es mejor prevenirlos e iniciar con buen pie el reto de ser el mejor candidato. Revisemos los cinco errores más comunes por las personas que están buscando trabajo:
‘Puedo trabajar en cualquier cosa’
¿Has pensado si tu formación y experiencia te permiten de verdad ‘echar currículums para cualquier cosa’? Es más,
¿quieres trabajar ‘en lo que sea’? ¿O tienes un interés especial por algún tipo de trabajo? Tendrás poco éxito si no tienes claro a qué tipo de sectores te quieres dirigir. Si no cuentas con la experiencia ni la formación necesaria, tu perfil puede no ser adecuado ni interesante a la hora de seleccionar tu candidatura.
‘Con salir del paro, ya me conformo’
Sí, es una buena meta. Pero es más útil pensar a medio y largo plazo, trazarse una especie de ‘plan de carrera’: encontrar un trabajo que de verdad te pueda gustar y en el que puedas progresar en el futuro. Para trazar este plan, tienes que tener un objetivo claro: pensar si un trabajo determinado te permitirá conseguir la formación que te falta y al mismo tiempo la experiencia para seguir avanzando, por ejemplo. Tienes que pensar que
tu carrera profesional es un aprendizaje y reciclaje continuo.
‘Soy todo virtudes’
¿Estás seguro?
Lo mejor es ‘autoanalizarse’ a nivel profesional: conocer tus debilidades y tus fortalezas, para qué sirves, qué sabes, qué puedes llegar a hacer y qué quieres realmente hacer. Así, descubrirás qué tipos de trabajos se adaptan mejor a ti –quizá aquéllos que viste inalcanzables, no lo sean tanto-, podrás explotar tus puntos fuertes a la hora de presentar tu candidatura y verás qué necesitas mejorar. Por ejemplo, a corto plazo podrías mejorar tu nivel de conversación en un idioma que conoces. A largo plazo, podrías aprender ese idioma que siempre te dio miedo estudiar.
‘El CV es un puro trámite’
El
currículum es tu puerta de entrada a una oferta de trabajo. Si pones detalles irrelevantes, información desordenada o incompleta, falta de un perfil claro… Seguramente, así no conseguirás ninguna entrevista. Debes generar el deseo de que te entrevisten. Esta premisa también la debes seguir cuando redactes tu carta de presentación.
‘Bueno, sí… Busco de vez en cuando en la prensa’
¿Estás aprovechando todos los recursos para conseguir un empleo? Tienes que ser proactivo. Para entendernos: debes idear tu propia estrategia de búsqueda de trabajo: para ello, adáptate al entorno, a los cambios, a lo que te rodea. Es muy cómo esperar a que el trabajo llame a tu puerta, pero no es efectivo.
Decide hacia dónde quieres encaminar tu futuro profesional y ponte manos a la obra para conseguirlo. Aprende de los errores y no vuelvas a repetirlos. Seguro que así conseguirás el trabajo que te propones.
¿Estás preparado para demostrar lo mejor de ti mismo?
(articulo extraido de yahoo noticias. Pincha en la imagen Quecursar)

Vas a echar tu currículum en una oferta en Internet, y te encuentras con que cientos de personas están también apuntadas. Te apuntas a cualquier oferta que ves, ya casi sin criterio. Buscas un empleo como sea. Pero, ¿te has parado a pensar cómo mejorar tus posibilidades de destacar entre una montaña de currículums?
Sin formación es difícil competir para encontrar un trabajo y, por lo tanto, cuesta muchísimo más conseguirlo. Es lo que le sucede a muchas personas en este país que están ahora mismo en paro y que no tienen una cualificación de nivel alto, o que ni tan siquiera tienen formación. Los puestos ofertados para estos colectivos disminuyen cada día, lo que les lleva a aceptar trabajos de muy baja cualificación, que poco o nada tienen que ver con lo que ellos han estudiado o con su experiencia previa en el mercado laboral. Las tareas que antes hacían las personas no cualificadas están siendo substituidas por máquinas o por nuevas tecnologías. La “fuerza bruta” y el “yo puedo trabajar de lo que sea” ya no valen. Tanto a nivel profesional, como personal, hay que redirigir esa “energía” hacia la idea de que las tareas cualificadas son las que nos harán mejorar. ¿Quién no quiere un trabajo que pueda ser gratificante?

Y tan valorada como la formación, está la experiencia. Para las empresas, un trabajador con experiencia es un trabajador que ha tenido que enfrentarse a todo tipo de situaciones y que sabe cómo reaccionar ante cualquier revés. Sea cual sea el sector, hay una serie de habilidades y capacidades que se manifiestan trabajando: la colaboración, saber cumplir con los plazos, trabajar bajo presión, etc. Y esto puede ser útil para los jóvenes que buscan su primer empleo: puede que el puesto no sea del todo acorde a tus estudios, pero te permitirá desenvolverte y conocer cómo trabajar en equipo, y qué cosas puedes mejorar de ti mismo. Es un primer paso para progresar.
De esta manera incrementan sus conocimientos en otras áreas, que antes no dominaban, y completan su formación a través de la experiencia laboral. Esto nos lleva a pensar que no podemos descartar un trabajo a la primera, sólo porque no se asemeja a lo que hemos estudiado.
Tenemos que ver siempre cuáles son las posibilidades de proyección (por ejemplo, “ahora estoy de ayudante, pero quizá más adelante empiecen a delegarme más tareas”), qué alternativas tenemos, y decidir. Puede que el trabajo nos guste, y que termine siendo una profesión para toda la vida.

Siempre hay alternativas para encontrar un trabajo. Aunque cueste de creer, algunos sectores siguen contratando a nuevos profesionales. Podemos buscar cuáles son estas vacantes, estudiar algo nuevo que nos permita acceder a ellas, y disfrutar de un puesto de trabajo con perspectivas de futuro.

Tablón de anuncios

Andando por la calle seguramente habrás observado que en los escaparates de algunos comercios hay anuncios buscando dependientes. Si eres una persona organizada, responsable y te gusta el trato con la gente quizás sea una buena oportunidad para intentarlo. Los horarios suelen ser muy amplios, y no puedes esperar un buen sueldo, menos en estos tiempos de recesión en el consumo, pero si respondes a las necesidades del dueño/a de la tienda es probable que consigas un puesto estable. Aprovecha la experiencia para adquirir o reforzar tus capacidades, aprender sobre el sector, actividades administrativas o comerciales, ya sea de los propios dueños o compañeros, o cursando estudios a distancia, leyendo libros sobre estos temas...

En los postes, farolas y paredes tambien encontrarás anuncios informales buscando (y ofreciendo) personal para servicios de limpieza, jardinería, reparto de propaganda o cuidado de personas mayores. Suelen ser de empresas pequeñas con necesidades muy puntuales, por lo que en general te ofrecerán trabajos mal pagados y de escasa duración, a menudo sin contrato. Salvo que estés muy desesperado/a, no te lo recomendamos, pues en caso de accidente no tendrás ninguna cobertura, además del alto riesgo de no cobrar las cantidades acordadas (de palabra) o en el plazo previsto si el empleador sufre cualquier contratiempo.

Oficinas, agencias y ETT

En las oficinas del INEM podrás encontrar la mejor información sobre ofertas públicas de empleo, así como de algunas de las mayores empresas, aunque en general el sector privado no suele acudir a este organismo.

Las Agencias de colocación son empresas especializadas en buscar un puesto de trabajo que se adapte a tus preferencias. Firmas un contrato privado en el que pagas por la prestación de un servicio. Aunque el precio puede ser elevado, es una buena inversión si aspiras a un puesto directivo o cualificado bien remunerado.

Las Empresas de trabajo temporal (ETT) son intermediarias entre la empresa que necesita cubrir una plaza y la persona demandante de empleo. Las ETT realizan una selección de candidatos posibles y finalmente contratan al trabajador, obteniendo un margen de beneficio. La duración de estos contratos suele ser escasa, desde unas horas a unos días o semanas. La remuneración para el trabajador es la mínima permitida por la ley. Algunas tambien imparten formación. A veces, al cabo de un plazo de contrato (2 ó 3 meses) el trabajador puede quedar "libre" de la ETT y pasar a ser contratado directamente por la empresa cliente, si le interesa especialmente seguir contando con el mismo trabajador.

Derechos y obligaciones

En España hay numerosas leyes que regulan los derechos y obligaciones tanto de los trabajadores y los empresarios, como determinadas actividades y sectores.

Legislación básica:
-Estatuto de los trabajadores. Puedes adquirirlo por 9€ en cualquier librería e incluso en grandes almacenes. Descargatelo aquí.

El contrato

Contenido extraido de la web iAbogado
Para acceder Pincha sobre la imagen


El empresario

Puede ser empresario a cualquier persona física mayor de 18 años y con capacidad de obrar plena que contrate a un trabajador.
Los menores de 18 y mayores de 16 sólo podrán contratar si se encuentran independizados de sus padres y cuentan con la autorización de sus tutores (aquellos que los representan hasta que ostenten la mayoría de edad)

¿Quiénes pueden ser contratados?

En principio pueden serlo todas aquellas personas, mayores de 16 años, que no se hayan visto privadas de su capacidad de obrar por medio de una sentencia judicial.
En el caso de los menores de 16 años y previa autorización de los padres o tutores y del organismo competente, se les permite participar en espectáculos públicos siempre y cuando su intervención no suponga un peligro para su integridad física y psicológica.

Por su parte, los menores de 18 años no podrán trabajar en horario nocturno (cuando al menos tres horas de la jornada de trabajo se desarrollen entre las diez de la noche y las seis de la mañana), realizar horas extraordinarias ni tampoco prestar servicios en puestos de trabajo declarados insalubres, penosos o nocivos que puedan afectar de forma directa o indirecta a su desarrollo.

¿Cómo debe ser un contrato laboral?

En principio, los contratos de trabajo pueden celebrarse tanto por escrito como de forma oral, entendiéndose que habrá contrato de trabajo cuando exista un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de éste a cambio de una retribución económica.
Sin embargo, los contratos de trabajo que se detallan a continuación deberán constar siempre por escrito y en el modelo oficial:
Si no se celebran por escrito, se entenderán celebrados por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que se acredite que fueron celebrados con carácter temporal o a tiempo parcial (por horas o media jornada)
En el contrato de trabajo celebrado por escrito, deberán constar los siguientes apartados:
  • Los datos de la Empresa y del trabajador.
  • La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración.
  • El tipo de contrato que se celebra.
  • El objeto del mismo, esto es, las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la Empresa.
  • Las condiciones en las que se va a prestar el servicio tales como el lugar (centro de trabajo), los días de la semana, el horario.
  • El periodo de prueba.
  • La duración de las vacaciones.
  • La remuneración.
  • El convenio colectivo aplicable.
  • El contrato debe ser firmado por ambas partes y presentado en la Oficina del INEM correspondiente.
En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas cuestiones y las que se detallan a continuación a la vista de las particularidades que presente cada supuesto concreto.

Validez del contrato

El contrato no tendrá validez aunque se den todos y cada uno de los requisitos anteriormente expuestos, si se celebró con falta de consentimiento, bajo coacciones o amenazas y también en el caso de que el contrato tuviese por objeto la realización de servicios imposibles o ilegales.

Derechos y deberes del trabajador

Los derechos y deberes más importantes del trabajador son los que se detallan a continuación:
  • Derechos del trabajador:
    • A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
    • A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación... etc.)
    • A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo.
    • A la integridad física y a la intimidad.
    • A percibir puntualmente la remuneración pactada.
    • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.
  • Deberes del trabajador:
    • Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.
    • Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
    • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva.
    • No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
    • Contribuir a mejorar la productividad.
    • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

Los tipos de contrato de trabajo

Son los siguientes:

El contrato a tiempo parcial

Los contratos formativos

El contrato de interinidad

El contrato de obra o servicio determinado

El contrato eventual por circunstancias de la producción

El contrato indefinido ordinario

Para el fomento de la contratación indefinida

El contrato de relevo

La contratación de trabajadores minusválidos

Los tipos de contratos anteriores pueden clasificarse a su vez en dos categorías: contratos por tiempo indefinido y contratos temporales. En los primeros se incluirían los contratos a tiempo parcial (si la relación es indefinida), y los indefinidos ordinarios e indefinidos de fomento del empleo; en el segundo grupo todos los demás.

El Contrato a tiempo parcial

Es aquel por el que el trabajador se obliga a prestar sus servicios un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año que deberá ser inferior al de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo aplicable al sector o, en su defecto, al de la jornada máxima legalmente establecida.

Requisitos: No existen requisitos específicos para la empresa o para el trabajador.

Forma del contrato: El contrato debe realizarse por escrito en el modelo oficial, indicándose el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año, según corresponda, su distribución horaria y su concentración mensual, semanal y diaria.
También debe hacerse constar igualmente la determinación de los días en los que el trabajador va a prestar sus servicios.
Si no se detallan expresamente estas circunstancias, el contrato se entenderá celebrado, salvo que pueda acreditarse lo contrario, a jornada completa.

El periodo de prueba: No puede ser superior a 6 meses para los técnicos titulados, a 3 meses para los trabajadores en empresas de menos de 25 trabajadores y a 2 meses para el resto de los trabajadores.
La duración del contrato: El contrato a tiempo parcial puede realizarse por tiempo indefinido o temporal, esto es, por duración determinada.
El contrato a tiempo parcial tiene la consideración de fijo-discontinuo cuando:
  • Se concierta para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de la actividad de la empresa.
  • Se concierta para realizar trabajos que tengan carácter de fijos discontinuos y no se repitan en fechas determinadas.
En ambos casos, los trabajadores deben ser llamados en la forma establecida por los convenios colectivos y en los casos en que el trabajador no sea convocado, podrá reclamar por despido ante la jurisdicción social.
Pueden celebrarse contratos a tiempo parcial en las siguientes modalidades contractuales:
  • Realización de una obra o servicio determinado.
  • Por circunstancias de la producción o del mercado que produzcan una acumulación de tareas o un exceso de pedidos.
  • Contratación de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.
  • Contratos en prácticas.
  • Contratos de relevo.
La jornada: Será la que en cada caso se pacte en el contrato de trabajo con el límite de la duración de la jornada ordinaria a tiempo completo que habitualmente tengan los trabajadores en le empresa.
Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán hacer horas extraordinarias salvo las debidas a causa de fuerza mayor, pero sí pueden pactarse entre el empresario y el trabajador la realización de horas complementarias.
Así, las horas complementarias:
  • Sólo serán exigibles si el trabajador y el empresario pactaron su realización. Este pacto deberá celebrarse también por escrito en un modelo oficial.
  • Sólo pueden pactarse en el caso de que el contrato a tiempo parcial tenga el carácter de indefinido.
  • En el pacto debe recogerse el número máximo de horas complementarias que debe realizar el trabajador que no podrán superar el 15 % de la jornada establecida en el contrato de trabajo. Por convenio colectivo podrá establecerse otro porcentaje que en ningún caso podrá superar el 60 %.
  • La suma de las horas establecidas en el contrato de trabajo y la de las horas complementarias que en su caso se realicen, no podrán superar el tiempo de la jornada ordinaria de un trabajador a tiempo completo.
  • La distribución y la forma de realización de estas horas complementarias debe establecerse en el convenio colectivo aplicable.
  • La realización de horas complementarias se debe comunicar al trabajador, salvo que se disponga otra cosa por convenio colectivo o pacto individual, con al menos 7 días de antelación.
  • Deben respetarse en todo caso los límites de jornada establecidos y los descansos.
  • Se retribuyen por el mismo importe de las horas ordinarias.
La extinción del contrato: Si el contrato ha tenido una duración superior al año deberá comunicarse su extinción por escrito al trabajador con una preaviso de, al menos, 15 días.
En los contratos de duración de terminada que tengan establecido un plazo máximo de duración, si llegado éste el trabajador continúa prestando sus servicios, se entenderá que el contrato queda prorrogado automáticamente y por tiempo indefinido.
La extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo convenido, dará derecho al trabajador a percibir una indemnización por importe de 8 días de salario por cada año de contrato, salvo que por convenio colectivo se pacte una indemnización mayor.
La falta de convocatoria del trabajador por parte del empresario en los casos en los que el contrato a tiempo parcial tenga carácter de fijo discontinuo, supondrá el despido del trabajador.
Retribución: Será la establecida en cada caso por el convenio colectivo aplicable y se determinará en función al tiempo trabajado. Las pactes podrán pactar una retribución mayor.

Los contratos formativos: En prácticas y para la formación

Pueden ser de dos tipos:

El contrato en prácticas

El contrato para la formación

El contrato en prácticas

Supone la prestación de un trabajo retribuido que facilita al trabajador una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.
Los convenios colectivos determinan los puestos de trabajo, grupos, niveles o categorías profesionales en los que puede realizarse este tipo de contrato.
Requisitos: La celebración de este tipo de contrato debe ajustarse al cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Para la empresa: Ningún trabajador puede ser contrato en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a 2 años basándose en la misma titulación. La empresa debe solicitar al INEM un certificado sobre los contratos en prácticas que haya celebrado el trabajador con al menos 10 días de antelación a la fecha de incorporación del mismo.
  • Para el trabajador: El trabajador debe estar en posesión de título universitario, de formación profesional o título oficialmente reconocido que le habilite para el ejercicio profesional siempre que no hayan transcurrido más de 4 años desde su obtención.
    En los casos en los que el trabajador haya realizado sus estudios en el extranjero, el cómputo de los 4 años se realizará desde la fecha en que se produzca la convalidación de sus estudios en España si esta convalidación se exige para el ejercicio de la profesión.
Forma del contrato: El contrato debe realizarse por escrito en el modelo oficial indicándose expresamente el plazo de duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar.
El periodo de prueba: Salvo que se disponga otra cosa en el convenio colectivo, el periodo de prueba no puede ser superior a 1 mes para los titulados universitarios de grado medio y formación profesional de primer grado y de 2 meses para titulados universitarios de grado superior y formación profesional de segundo grado.
La duración del contrato: No puede ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años, y se tendrán en cuenta a estos efectos, los periodos en los que el trabajador ha sido contratado en prácticas en otras empresas.
Podrán efectuarse 2 prórrogas por una duración de como mínimo de 6 meses cada una, hasta alcanzar el tope máximo de su duración, salvo que se disponga otra cosa en convenio.
Si llegado el vencimiento del contrato el trabajador continuase prestando sus servicios, el contrato se entenderá prorrogado automáticamente.
La extinción del contrato: Si el contrato ha tenido una duración superior al año deberá comunicarse su extinción por escrito al trabajador con una antelación mínima de 15 días.
El empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas.
Retribución: Será la que fije en cada caso el convenio colectivo sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% durante el primer año de contrato y al 75% el segundo año, del salario fijado en el convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo o equivalente.

El contrato para la formación

Tiene por objeto que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
Debe dedicarse a la formación teórica del trabajador un mínimo del 15 % de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo, o en su defecto, de la jornada máxima legal. Respetando este límite, los convenios colectivos podrán establecer el tiempo dedicado a la formación teórica y su distribución.
Cuando el trabajador contratado no haya finalizado los ciclos educativos comprendidos en la escolaridad obligatoria, la formación teórica tendrá por objeto inmediato completar esta educación.
Por su parte, se entenderá cumplido el requisito de formación teórica cuando el trabajador acredite, mediante certificación de la Administración Pública competente, que ha realizado un curso de formación profesional ocupacional adecuado al oficio o puesto de trabajo objeto del contrato.
Requisitos:La celebración de este tipo de contrato debe ajustarse al cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Para la empresa: Mediante convenio colectivo se podrá establecer, en función del tamaño de la plantilla, el número máximo de contratos para la formación que pueden realizarse, así como los puestos de trabajo que pueden ser objeto del mismo.
  • Para el trabajador: Pueden ser contratados en formación los mayores de 16 y menores de 21 años que carezcan de la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas.
    Este límite de edad no se aplicará en los llamados contratos de inserción realizados con los siguientes grupos de trabajadores:

    • Desempleados minusválidos.
    • A los extranjeros durante los dos primeros años de la vigencia de su permiso de trabajo.
    • A los desempleados que lleven más de tres años sin actividad laboral.
    • A los desempleados en situación de exclusión social.
    • A los desempleados que se incorporen a programas de escuelas taller, de oficios y talleres de empleo.
No se podrán celebrar contratos para la formación que tengan por objeto la cualificación para un puesto de trabajo que haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a 12 meses.
La forma del contrato: El contrato deberá celebrarse por escrito en modelo oficial.
El periodo de prueba: Será de 2 meses.
La duración del contrato: La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años, aunque por convenio colectivo se podrán establecer otras duraciones atendiendo a las características del oficio o del puesto de trabajo a desempeñar y a los requerimientos formativos del mismo. No obstante, la duración mínima no podrá ser inferior a 6 meses ni la máxima superior a 3 años.
Si una vez transcurrido el tiempo pactado de duración del contrato, el trabajador continuase prestando sus servicios, el contrato de formación se entenderá prorrogado automáticamente hasta la duración máxima del contrato.
Expirada la duración máxima del contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta misma modalidad por la misma o distinta empresa. Si agotada esta duración máxima del contrato el trabajador continúa prestando sus servicios para la empresa, su contrato se entenderá que su relación laboral con la empresa es de carácter indefinido.
La extinción del contrato: Si su duración es superior a 1 año la parte que desee finalizarlo deberá notificar a la otra su intención de extinguirlo con una antelación mínima de 15 días.
El empresario deberá entregar al trabajador un certificado en el que conste la duración de la formación teórica y el nivel de formación práctica adquirida.
El trabajador podrá solicitar de la Administración Pública competente que, previas las pruebas necesarias, le expida el correspondiente certificado de profesionalidad .
En estos casos, el trabajador no tendrá derecho a ninguna indemnización derivada de la finalización del contrato por transcurso del plazo convenido.
Retribución: La retribución será la fijada en convenio colectivo sin que ésta pueda ser inferior en ningún caso al salario mínimo interprofesional (SMI) percibiéndose siempre en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Cuando el trabajador acredite haber realizado un curso de formación profesional ocupacional, su retribución se incrementará proporcionalmente al tiempo no dedicado a la formación teórica.

El contrato de interinidad

Tiene por objeto la sustitución de trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o la cobertura de un determinado puesto mientras dure el proceso de selección.
Requisitos: El trabajador que se pretende sustituir (por ejemplo de baja o en excedencia) deberá tener derecho a la reserva del puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual.
La forma del contrato: El contrato deberá celebrase por escrito y en él deberá figurar claramente quién es el sustituido y la causa de la sustitución.
En los casos en los que se realiza para cubrir una vacante mientras dura el proceso de selección, se debe identificar claramente cuál es el puesto a cubrir.
El periodo de prueba: No podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados, de 3 meses para los trabajadores en empresas de menos de 25 trabajadores y de 2 meses para el resto de los trabajadores.
La duración del contrato: Será la del tiempo que dure el derecho de reserva del puesto de trabajo. En el caso de cobertura de puesto de trabajo en los periodos de selección, la duración del contrato coincidirá con el tiempo que dure la selección o promoción, con un máximo de 3 meses.
La extinción del contrato: El contrato se extinguirá por la reincorporación del trabajador sustituido, por el vencimiento del plazo para la reincorporación o por la extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto.
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

El contrato por obra o servicio determinado

Tiene por objeto la realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa cuya ejecución, aunque está limitada en el tiempo, es de duración incierta.
Los convenios colectivos determinarán cuáles son los trabajos o tareas con entidad propia dentro de la actividad normal de la empresa que podrán cubrirse con contratos de estas características.

Requisitos: No existen requisitos específicos ni para el trabajador y ni para la empresa.

Forma del contrato: El contrato deberá celebrarse por escrito indicando de forma específica en qué consiste la obra o servicio objeto del contrato.
Periodo de Prueba: Salvo que se disponga otra cosa en el convenio colectivo aplicable, no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados, de 3 meses para los trabajadores en empresas de menos de 25 trabajadores y de 2 meses para el resto de los trabajadores.
La duración del contrato: Será la del tiempo necesario para la realización de la obra o servicio determinado.
La extinción del contrato: Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días.
La extinción del contrato de trabajo dará lugar en estos casos a una indemnización por importe de 8 días de salario por cada año de servicio, salvo que se determine una indemnización mayor por convenio colectivo.
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

El contrato eventual por circunstancias de la producción

Tiene por objeto atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aunque se trate de la actividad normal de la empresa.
Requisitos: Se fijarán por convenio colectivo las actividades en las que se podrán contratar trabajadores eventuales y el volumen que esta modalidad contractual puede representar en el total de contratos que celebre la empresa. No existen requisitos específicos que deba cumplir el trabajador.
La forma del contrato: El contrato podrá realizarse de palabra, si su duración es igual o inferior a 4 semanas y por escrito cuando supere este límite temporal, debiendo indicarse la causa que lo justifica, esto es, cuál es la eventual circunstancia de la producción.
El periodo de prueba: Salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo, no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados, de 3 meses para los trabajadores en empresas de menos de 25 trabajadores y de 2 meses para el resto de los trabajadores.
La duración del contrato: Será como máximo de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses contados a partir del inicio de la relación laboral, salvo modificación efectuado por el convenio aplicable y sin que en este caso puedan superar la duración de 12 meses dentro de un periodo de 18.
Si se celebra por una duración inferior a la legalmente establecida, el contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo por una sola vez hasta alcanzar el tiempo de duración máxima del mismo. Si superado este plazo el trabajador continuara prestando sus servicios para la empresa, su relación laboral pasará a ser de carácter indefinido.
La extinción del contrato: Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días.
La extinción del contrato de trabajo dará lugar en estos casos a una indemnización por importe de 8 días de salario por cada año de servicio, salvo que se determine una indemnización mayor por convenio colectivo.
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

El contrato indefinido ordinario

Tiene por objeto la prestación de un trabajo retribuido por tiempo indefinido.
Requisitos: No existen requisitos específicos para la empresa ni para el trabajador.
La forma del contrato: El contrato podrá celebrarse por escrito o de palabra.
El periodo de prueba: Salvo lo dispuesto en convenio colectivo no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 3 meses en las empresas de menos de 25 trabajadores y de 2 meses para el resto de trabajadores.
La duración del contrato: Será por tiempo indefinido.
Extinción del contrato: Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización.
Retribución: Se aplicará lo que pacten al respecto las partes o lo que disponga el convenio colectivo.
Cotización: Existen incentivos que consisten en bonificaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en los casos en los que el trabajador contratado pertenezca a alguno de los colectivos protegidos. En caso contrario, se aplicarán las normas generales.

El contrato para el fomento de la contratación indefinida

Tiene por objeto facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados y de aquellos que prestan sus servicios con contratos temporales.
Requisitos:

  • Para la Empresa: No haber realizado, en los doce meses anteriores a la celebración del contrato, extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o haber procedido a un despido colectivo. En ambos supuestos, la limitación afectará únicamente a las extinciones y despidos producidos con posterioridad al 17 de Mayo de 1.997 y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo de la misma categoría o grupo profesional que los afectados por la extinción o despido y para el mismo centro o centros de trabajo.
  • Para el trabajador: El trabajador desempleado habrá de estar comprendido en alguno de los colectivos que se detallan a continuación:
    • Mujeres desempleadas, entre 16 y 45 años.
    • Mujeres desempleadas, cuando se contraten para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.
    • Desempleados inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante 6 o más meses.
    • Desempleados mayores de 45 años.
    • Desempleados perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, a los que reste un año o más de percepción en el momento de la contratación.
    • Mujeres desempleadas inscritas durante un periodo de doce o más meses en la oficina de empleo que sean contratadas en los 24 meses siguientes a la fecha de alumbramiento.
Forma del contrato: El contrato deberá hacerse por escrito y en modelo oficial.
El periodo de prueba: Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de 25 o más trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25.
La duración del contrato: Por tiempo indefinido.
La extinción del contrato: Cuando el contrato se extinga por causas objetivas y el despido sea declarado improcedente, la cuantía de la indemnización que tendrá derecho a percibir el trabajador será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferior a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades (frente a los 45 días de salario por año de trabajo con el límite de 42 mensualidades que percibirían en el mismo caso los trabajadores con contrato indefinido ordinario)
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

Cotización: Existen incentivos que consisten en bonificaciones de la cuota empresarial por contingencias comunes en los casos en los que el trabajador contratado pertenezca a alguno de los colectivos protegidos.

El contrato de relevo

Tiene por objeto la sustitución de aquel trabajador de la empresa que accede de forma parcial a la jubilación.
Se considerará jubilación parcial la que es solicitada después de los 60 años y antes de los 65, y que se compatibiliza con el desempeño del trabajo a tiempo parcial, vinculándose a la exisitencia de un contrato de relevo realizado con un trabajador desempleado.
En este periodo el trabajador sustituido compatibilizará el cobro de la parte proporcional de la pensión de jubilación y del salario que corresponda a su trabajo a tiempo parcial. A efectos de las prestaciones farmacéuticas tendrá la consideración de pensionista.
Requisitos: No existen requisitos específicos para la empresa ni para el trabajador.
La forma del contrato: Deberá realizarse por escrito en el modelo oficial.
El periodo de prueba: Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, no podrá ser superior a 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de 25 o más trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25.
La jornada de trabajo: Este contrato podrá celebrarse a jornada completa o parcial pero deberá ser como mínimo igual a la reducción de la jornada acordada por el trabajador sustituido y que a su vez deberá estar comprendida entre un 30 y 70 %.
El horario de trabajo del trabajador que releva podrá completar el del trabajador sustituido o realizarse de forma simultánea.
El puesto de trabajo del trabajador sustituido y el que releva podrá ser el mismo o similar, esto es, que implique la realización de tareas correspondientes al mismo nivel profesional o categoría equivalente.
La duración del contrato: El contrato se celebrará por el tiempo que le falte al trabajador sustituido para causar derecho a la pensión por jubilación con el límite máximo de los 65 años del trabajador (5 años como máximo)
La extinción del contrato: No existen normas especiales, por lo que habrá de estarse a lo que en cada caso determine el convenio colectivo aplicable y la legislación vigente.
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

Contrato para trabajadores minusválidos

Tiene por objeto fomentar el empleo de trabajadores minusválidos.
Requisitos:
Para la empresa: Deberá solicitar el trabajador a la oficina de empleo, indicando los puestos a cubrir, sus características técnicas y la capacidad que debe tener el trabajador.
Para el trabajador: Tener una disminución de la capacidad de, al menos, el 33 %. Deberá estar inscrito en el registro correspondiente de la oficina de empleo.
La forma del contrato: Por escrito y en modelo oficial.
El periodo de prueba: En defecto de pacto en convenio colectivo, no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados y para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de más de 25 trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25.
La duración del contrato: Será por tiempo indefinido y a jornada completa.
La extinción del contrato de trabajo: No existen causas especiales por lo que habrá de estarse a la legislación vigente.
Retribución: Se hará de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.

La entrevista de trabajo

Consejos para superar una Entrevista de Trabajo

Antes de la Entrevista
Conoce todo lo que puedas de la empresa
Estudia tus aptitudes, tu experiencia y tu educación
Lleva el currículum y conócelo perfectamente, ya que se basarán en él
Hazte una relación de tus puntos débiles y prepara argumentos para defenderlos
Si te citan por escrito, lo correcto es que llames para confirmar tu asistencia
No acudas con gafas oscuras
Comprueba tu apariencia (evita ropa llamativa; bien vestido/a, limpio/a y afeitado)
Ve solo/a
Llega pronto (5 minutos antes)
Prepara la entrevista, el seleccionador va a hacerlo también

Durante la Entrevista
Crea una buena impresión. Las primeras impresiones son de gran importancia. Muchos empresarios consideran que tras haber visto entrar por la puerta a un candidato, observar la forma de dar la mano y sentarse, son capaces de decidir sobre su valía
Saluda al entrevistador con una fórmula convencional: Buenas tardes Sr. Ruiz
Siéntate derecho/a, ni al borde de la silla (inseguridad), ni repantingado/a (falta de respeto)
No seas el/la primero/a en extender la mano
Saluda con un apretón de manos y sonríe, mirándole a los ojos
No te sientes hasta que te lo digan
No tutees si no te lo indican
Estáte atento/a y simpático/a
Evita ponerte nervioso/a y los gestos que lo indiquen como morderte las uñas, golpear con el boli en la mesa, agitarte en el asiento...
No fumes
No interrumpas
Mira al entrevistador a los ojos, pero sin intimidar
Deja que él tome la iniciativa
No hables demasiado, ni demasiado poco
Cuida tu lenguaje
No peques de agresivo/a ni de sensiblón/a
No te aproximes mucho a él
No pongas los codos encima de la mesa del entrevistador
No cruces los brazos, puede parecer que estás a la defensiva
Si te ofrecen una bebida puedes aceptar pero, que no sea alcohólica
Piensa antes de contestar
Responde clara y brevemente
Di siempre la verdad
Si te preguntan sobre ti mismo/a, enfatiza tu formación, experiencia y resultado de tus trabajos
No uses palabras rebuscadas
No respondas con evasivas o dudas, ni con monosílabos
No esperes demasiado tiempo para responder, podría parecer síntoma de distracción
No utilices expresiones tajantes "siempre, nunca", ni utilices latiguillos "osea", "este", "bueno"...
Muestra entusiasmo por el trabajo, pero no lo supliques
No hables mal de las empresas en las que has trabajado
No te niegues a responder preguntas
Si te hacen preguntas de tipo cómo: si va de viaje con su novio/a ¿ qué piden una o dos habitaciones?; responde que en tu opinión ese asunto es irrelevante para deducir tu idoneidad para el puesto al que optas. Dilo con seriedad pero no con agresividad. Estas preguntas valoran tu control emocional
Piensa positivamente
No pidas el puesto como si fuera una limosna
No digas que necesitas terriblemente el trabajo
No critiques a pasados empresariosEjemplo: No digas, "acabo de terminar mis estudios y no tengo experiencia profesional" enfocado de otra manera la respuesta correcta sería "estoy disponible para trabajar y dispuesto/a a poner en práctica todos los conocimientos que he adquirido en mis estudios
Haz preguntas
Sobre las posibilidades de promoción, la empresa o el puesto de trabajo
Expresa tu agradecimiento

Después de la Entrevista
Analiza los resultados, anota puntos fuertes y débiles...puede servirte para una segunda entrevista o para próximas entrevistas en otras empresas.

POSIBLES PREGUNTASPERSONALIDAD*Háblame de ti mismo*Cuéntame una anécdota de tu vida en la que resolvieras con éxito una situación problemática*¿Qué gana la empresa si te contrata a ti en lugar de a otro candidato?¿Qué elemento diferencial aportas?*Si fueras tú el encargado de realizar esta selección y yo fuera el candidato, ¿qué cualidades te gustaría que yo reuniera?*¿Te gusta trabajar con gente o prefieres trabajar solo?*¿Te consideras como un líder o como un seguidor? ¿Por qué?*¿Cual fue la decisión más importante que adoptaste en el pasado?*Defínete a tí mismo con cinco adjetivos calificativos. Justifícalos.*¿Qué has aprendido de tus errores?*¿Acabas lo que empiezas?*Piensa en......un profesor, un amigo, tu novio/a. Si yo le preguntara cómo eres tú, ¿qué crees que contestaría?*Si todos los trabajos tuvieran la misma remuneración y la misma consideración social ¿qué es lo que realmente te gustaría hacer?*Describe tu escala de valores*¿Qué personas te sacan de quicio?*¿Duermes bien?*¿Cómo reaccionas habitualmente frente a la jerarquía?*¿Cómo te insertas en un equipo de trabajo?*¿Qué impresión crees que he sacado de ti tras esta entrevista?
FORMACIÓN*¿Por qué estudiaste arquitectura, derecho, económicas.........?*¿Cómo decidiste estudiar.............?¿Qué otras carreras te atraían?*¿Quien influyó más en ti a la hora de elegir tu carrera?*¿Qué asignaturas te gustaban más/menos y en cuáles sacabas mejores/peores notas?*¿En qué medida tus calificaciones se deben a tu esfuerzo personal y en qué medida a tu inteligencia?*¿Qué cambios habrías introducido en el plan de estudios de tu Facultad o Escuela, si hubieras podido?*¿Cuál fue la experiencia más gratificante durante tu vida como estudiante?*¿Piensas proseguir o ampliar tus estudios de alguna manera?*Si volvieras a empezar tus estudios, ¿qué harías de modo diferente?*En tu formación complementaria, ¿qué seminarios o cursos de corta duración has realizado?¿Qué te motivó a realizarlos?*¿Tuviste algún puesto representativo durante tu tiempo de estudiante? (Delegado de curso, miembro de la Tuna...?
TRABAJOS ANTERIORES
*Háblame de tus actividades al margen de tus estudios*¿Realizaste algún trabajo de "estudiante" (clases, trabajos de verano, de prácticas...)?*¿Qué aprendiste durante tus trabajos anteriores? ¿Qué funciones desempeñabas? ¿Cuánto cobrabas?*¿Debías supervisar el trabajo de alguien?*¿Cuál de tus trabajos previos te ha gustado más/menos? ¿Por qué?*¿Cuál es tu proyecto o solución más creativa?*¿Cómo te llevabas con tus compañeros, con tus jefes, con tus subordinados?*¿Cuál fue la situación más desagradable en que te viste?¿Cómo le hiciste frente?*Describe el mejor jefe que hayas tenido. Y el peor*Descríbeme un día típico en tu trabajo anterior*¿Cómo conseguiste ese trabajo, esa práctica...?
EMPLEO
*¿Qué sabes acerca de nuestra empresa?*¿Qué te atrae de ella?*¿Qué ambiente de trabajo prefieres?*¿Prefieres un trabajo previsible o un trabajo cambiante?*¿Qué relaciones piensas debe haber entre un jefe y su colaborador inmediato?*Estarías dispuesto/a a trasladarte a vivir a otra ciudad, a otro país, o a viajar con frecuencia?*¿Tienes alguna preferencia geográfica?*¿Cuál crees que puede ser para ti la mayor dificultad al pasar de la vida de estudiante a la vida del trabajo?*¿Qué departamento (marketing, financiero, producción, comercial...) te atrae más?*¿Cuáles son tus puntos fuertes y tus puntos débiles para este puesto?*¿Qué te ves haciendo dentro de cinco, de diez años?*¿Cuáles son tus objetivos a largo plazo?¿Cómo crees que podrás lograrlos?*¿Cómo te enteraste de la existencia de este puesto?*¿Por qué piensas que vas a tener éxito en este trabajo?*¿Con qué tipo de jefe te gustaría trabajar?*¿Y con qué tipo de jefe crees que acabarías por chocar?*¿Estarías dispuesto/a a a realizar un curso de formación a cargo de la empresa, antes de ser contratado/a?*¿Cuánto quieres ganar ahora ( y dentro de cinco años)*¿Prefieres trabajar en una empresa grande, mediana, pequeña, pública, privada...?¿Por qué?*¿Te gusta la previsibilidad de un trabajo cuya hora de comienzo conoces, así como la hora de finalización, o prefieres un trabajo en el que hoy no sabes exactamente lo que harás mañana? *¿Cuándo podrías incorporarte al trabajo?*¿Qué personas de las empresas en que has trabajado anteriormente pueden darnos referencias de ti?*¿Participas en otros procesos de selección?*¿Qué opinas de.....la unión monetaria, el terrorismo, el feminismo, los políticos, los sindicatos.........?*¿Comentas con tus padres-esposa/o-novia/o las incidencias de tu trabajo?

VIDA PRIVADA
*¿Con quién vives?*¿A que se dedica tu familia?*¿Tienes novia/o - esposa/o? ¿Que opina de este trabajo?*¿Qué haces en tu tiempo libre?*¿Cuáles son tus aficiones favoritas?*¿Cuál es último libro que has leído? ¿qué te pareció?

Formación y orientación laboral

- Centros de formación oficial

- Centros de formación ocupacional

- Cursos en centros privados

- Cursos on line

- Idiomas

- Informática

- Mecanografía

- Oposiciones

- Pruebas físicas

- La entrevista de trabajo

Cómo redactar el curriculum

Los profesionales dedicados a la contratación de personal esperan que el Curriculum Vitae sea la expresión clara y concisa de informaciones sobre los datos personales, la formación y la experiencia profesional de la persona que aspira a un empleo.

Recuerda...
El primer objetivo que buscas a la hora de preparar tu Curriculum Vitae es obtener un entrevista.
El Curriculum Vitae cumple una triple función:
  • Presentarte a tu futuro empleador.
  • Concentrar la atención durante la primera entrevista sobre los aspectos más importantes de tu personalidad y de tu recorrido académico y laboral.
  • Después de la entrevista, recordar a tu futuro empleador los datos que mejor hablan de ti. De los puntos fuertes de tu biografía, tu Curriculum Vitae debe resaltar los que están en perfecta adecuación con la función que debes desempeñar en la empresa, pero sin mentir.
Esto significa que a lo mejor debes modificar tu Curriculum dependiendo del puesto de trabajo al que te presentes.
Cómo estructurar tu Curriculum VitaePrimero es preciso darle un título: "Curriculum Vitae" de (nombre y apellidos de la persona), o solamente "Curriculum Vitae".
A continuación, vienen las diferentes partes que un Curriculum Vitae siempre debe tener, distribuidas de la siguiente manera:
Datos personales: Nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento, estado civil, dirección personal, número de teléfono de contacto, dirección de correo electrónico, etc.
Formación académica: Estudios que has realizado, indicando fechas, centro, y lugar donde han sido realizados.
Otros Títulos y Seminarios: Estudios realizados complementarios a los universitarios que mejoran tu formación universitaria, indicando las fechas, el Centro y el lugar donde fueron realizados.
Experiencia Profesional: Experiencia laboral relacionada con los estudios universitarios o que puedan ser de interés para la empresa que desea contratarte. No olvides señalar las fechas, la empresa dónde trabajaste y las funciones y tareas llevadas a cabo.
Idiomas: En este apartado mencionarás los idiomas que conoces y tu nivel. Si obtuviste algún título reconocido, como por ejemplo el 'First Certificate' en Inglés, que acredite tus conocimientos en estos ámbitos, indícalo.
Informática: Señala aquellos conocimientos informáticos que poseas: sistemas operativos, procesadores de texto, hojas de cálculo, bases de datos, diseño gráfico, internet, etc.
Otros Datos de Interés: En este último apartado señala todos aquellos aspectos que no han sido incluídos todavía, tales como: Carné de conducir, disponibilidad, etc.
Cómo presentar tu Curriculum Vitae
Existen tres maneras de presentar un Curriculum Vitae: la cronológica, la cronológica inversa, y la funcional.
El Curriculum Vitae cronológico
Permite presentar la información partiendo de lo más antiguo a lo más reciente. Este formato tiene la ventaja de resaltar la evolución seguida. Pone de relieve, si cabe, la estabilidad y la evolución ascendente de tu carrera.
Su presentación cronológica ofrece el esquema ideal para la ulterior entrevista personal.
El Curriculum Vitae cronológico inverso
Menos tradicional, esta presentación gana cada día más terreno. Consiste en empezar por los datos más recientes. Tiene la ventaja de resaltar tus experiencias más recientes que son obviamente las que interesan más a las personas susceptibles de contratarte.
El Curriculum Vitae funcionalDistribuye la información por temas y proporciona un conocimiento rápido de tu formación y experiencia en un ámbito determinado. Es un perfecto instrumento de marketing porque, como no sigue una progresión cronológica, permite seleccionar los puntos positivos y omitir los eventuales errores de recorrido, los periodos de paro, los frecuentes cambios de trabajo...
El especialista en selección y contratación de personal está acostumbrado a estas tres formas de presentación de curriculum, por lo que deberas escoger la que mejor conviene a tu perfil profesional.
Recuerda...
Tu curriculum no debe exceder de una o dos páginas.
Tienes que cuidar el estilo y evitar los errores de ortografía.
Antes de mandarlo, conviene someterlo a una lectura crítica por parte de terceros.
Tienes que cuidar la imagen: papel de calidad, caracteres apropiados al contenido, presentación airosa que facilite la lectura...
La fotografía adjunta tiene que ser reciente y de tamaño carné.
Ejemplos de curriculum
- ESADE
- De Infojobs
- Plantilla Europass
- Ejemplo Europass

Enlaces útiles

A continuación incluimos direcciones de organismos y empresas que facilitan la búsqueda de empleo. En algunos hay que suscribirse a boletines electronicos periodicos, o completar un formulario con el curriculum vitae para acceder a sus bases de datos.

http://www.sistemanacionalempleo.es
http://www.5campus.org/empleo
http://www.aldaba.org
http://www.aragonempleo.com
http://www.azcarreras.com
http://www.becasfacil.com/
http://www.bolsadetrabajo.com
http://www.camarazaragoza.com/empleo/
http://www.uoc.edu/rrhh/servlet/rrhh.servlet.home?idioma=esp
http://www.canalCV.com
http://www.canalempresa.com/empleo
http://www.canaltrabajo.com
http://www.canaloposiciones.com
http://www.ceeiaragon.es
http://www.compluempleo.ucm.es
http://www.consultayseleccion.com
http://www.Contactos de Trabajo.com
http://www.cybersearch.es
http://www.educaweb.com
http://www.emplea2.net
http://www.elgratuito.com
http://www.empleo.navarra.es
http://empleo.paginas-amarillas.es/home.cfm
http://www.empleofacil.com
http://www.es.computrabajo.com
http://www.estudiasotrabajas.com
http://www.excoge.com/NASApp/clasificados/busquedaEmp.jsp
http://www.expansionyempleo.com
http://www.facilempleo.com
http://www.fase.net
http://www.finanjobs.com
http://www.espacioinfoculture.info
http://www.freelance.com
http://www.fue.es
http://www.gliEmpleo.com
http://www.swf.es
http://www.zaraempleo.org
http://www.unizar.es/universa
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http://www.infoempleo.com
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